El pago permitido es únicamente manual. No se aceptan tarjetas, cheques o moneda extranjera.
No se emiten facturas de acuerdo con lo estipulado por Servicio de Impuestos Internos en conformidad con los artículos 2 y 8 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y lo dictaminado en el Oficio N° 1.596, de 1996.
Los vehículos con sobredimensiones deben coordinar su paso por las vías concesionadas con Dirección de Vialidad y la sociedad concesionaria.